Las medidas tras la ruptura de una pareja de hecho

Las medidas tras la ruptura de una pareja de hecho

En ocasiones hay personas que optan por formar una pareja de hecho en vez de contraer matrimonio. Fruto de estas uniones puede haber hijos comunes, pero como es lógico pensar, como cualquier tipo de relación o convivencia puede llegar a su fin. Pero claro, ¿pueden regularse las relaciones paterno filiales tras la ruptura de una pareja de hecho y de la convivencia? ¿de qué medidas estaríamos hablando?


Las parejas extramatrimoniales con hijos menores podrán establecer medidas en relación a éstos que tengan que ver única y exclusivamente con su guarda y custodia y con la pensión de alimentos, existiendo también la posibilidad de adoptar medidas cautelares cuando se solicite alguna de estas medidas.

Si aludimos a la tramitación, cabe señalar como el proceso más adecuado para establecer las medidas previas o provisionales el juicio verbal, siempre claro está que no medie un acuerdo entre ambos progenitores.

Además, desde el despacho de Carmen Millán nos gusta recordar que en este tipo de procedimientos será competente el juzgado de Primera Instancia del lugar del último domicilio común de los progenitores.

Claro está, salvo que los progenitores residan en partidos judiciales diferentes en cuyo caso dependerá el tribunal de la elección del demandante, pudiendo optar éste por el tribunal del domicilio del demandado o el tribunal de la residencia del menor.

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