Las Demandas de Paternidad

Las Demandas de Paternidad

Las demandas de paternidad pese a no ser muy frecuentes han estado muy presentes en los noticiarios últimamente. ¿Pero qué trata de demostrarse a través de este cauce? La paternidad de una persona de manera legal.

Se trata de iniciar un proceso que conlleva un importante factor moral que en ocasiones puede limitar nuestra intención de conocer la verdad. Dicho lo cual, este tipo de procedimientos se inician cuando existen dudas sobre la paternidad de un hijo. Hablamos de paternidad porque el propio Código Civil señala que la maternidad viene determinada por el parto.

Dicho esto, puede darse el caso de que la prueba genética se rechace una y otra vez, en cuyo caso el juez podrá conceder la paternidad legal al demandado sin necesidad de que exista soporte científico. Si bien no puede obligarse a nadie a someterse al precitado diagnóstico, el hecho de negarse puede entenderse como prueba de que trata de ocultarse la verdad.

Cabe también señalar que lo más habitual es que sean las propias madres las que interpongan la demanda de paternidad de cara a que se reconozca la relación de filiación entre el padre y los hijos y así poder reclamar la pensión alimenticia en favor de los mismos y a cargo del padre.

Al despacho de Carmen Millán a menudo nos llegan clientes que se preguntan en que limbo jurídico quedan aquellos niños cuya paternidad no está determinada.

No obstante, tratamos de tranquilizarles ya que, en España, los menores se encuentran plenamente protegidos por la Constitución, la Ley de Protección Jurídica del Menor y la Convención de los Derechos del Niño de Naciones Unidas. ¿Esto en qué se traduce? En que su vida no resulta en ningún caso afectada más allá de pequeñas complicaciones administrativas que pudiesen surgir.

¿Y si el niño en cuestión se encuentra en una situación de desamparo? En ese caso corresponderá al juez decidir si es necesario o no establecer medidas cautelares que persigan ayudar a la madre con su manutención.

Por último, una vez dictada la sentencia y si finalmente ésta reconoce la paternidad tendrán los hijos, derecho a lo que les corresponda legalmente por herencia, además de a llevar los apellidos paternos, así como al pago de la pensión alimenticia cuando ésta sea exigible.

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